Concejalía de Atención Social - Ayuntamiento de Totana

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Económicas

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE JUBILACIÓN

Asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

Requisitos

  • Tener sesenta y cinco o más años.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Carecer de renta o ingresos suficientes

AYUDAS ECONÓMICAS (periódicas) A PERSONAS MAYORES PARA SU ATENCIÓN EN EL MEDIO FAMILIAR Y COMUNITARIO.

Son ayudas concedidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que consisten en la prestación económica de carácter individual y periódico dirigidas a las personas de las unidades familiares de convivencia que se ocupan de la atención de personas mayores en el propio domicilio familiar, ocupándose de su cuidado integral y proporcionando las atenciones que precisan para su autonomía y bienestar social.

Pueden ser beneficiarios:

  • Las personas mayores de 75 años que precisen apoyo para el desenvolvimiento cotidiano.
  • Las personas mayores entre 65 y 74 años siempre que estén afectadas por una discapacidad igual o superior al 75% de minusvalía y que tengan reconocida "necesidad del concurso de tercera persona".
  • Las personas mayores de 65 años que estén reconocidas como personas en situación de dependencia en cualquiera de sus grados.

Pueden solicitarla:

  • Las personas con una edad comprendida entre los 25 y 64 años de edad que no estén afectadas de un grado de minusvalía igual o superior al 65%, unidas al beneficiario por lazos de consanguinidad o afinidad hasta tercer grado, que residan en la misma vivienda.

El plazo para poder solicitarla está abierto todo el año.

AYUDAS ECONÓMICAS A PERSONAS MAYORES (no periódicas)

Son ayudas complementarias del Sistema de la Seguridad Social, de carácter no periódico, destinadas a la atención de necesidades específicas de las personas mayores y a la promoción de su bienestar social en general.

Pueden ser beneficiarios y solicitarla:

  • Las personas mayores de 60 años que residan y figuren empadronadas en la Región de Murcia y que sean pensionistas de la Seguridad Social, tanto en su modalidad contributiva como no contributiva.
  • Las personas perceptoras del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos de la LISMI (Ley de Integración Social de los Minusválidos) y de las Ayudas del Fondo de Asistencia Social.
  • Sus cónyuges, siempre que exista dependencia económica.

Las ayudas se otorgarán para conseguir los servicios o adquirir los artículos que se especifican:

  • Atención Domiciliaria Básica.
  • Atención Domiciliaria Complementaria (adquisición de electrodomésticos de primera necesidad, reparación y adaptación de la vivienda).
  • Gafas, prótesis dentarias y audífonos.
  • Dietas alimenticias especiales.
  • El plazo para poder solicitarla está sujeto a la convocatoria concreta que cada año realiza la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Lo habitual es que el plazo esté abierto durante los primeros meses de cada año.

CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE A 2010



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